La SECAL amplía las opciones de participación a través de una nueva fórmula con las empresas o instituciones.
A continuación detallamos los puntos de esta nueva figura de centro colaborador:
- Se invitará a la empresa/institución a ser socio benefactor pero no será obligatorio.
- Se fija en 10 el número mínimo de socios por ente colectivo.
- La empresa a la firma del acuerdo debe especificar el nº concreto de trabajadores que se van a asociar.
- Si hay cambios (alguna alta o baja de alguno) lo tiene que notificar en tiempo y forma para que podamos gestionarlo.
- La empresa durante la duración del acuerdo es la que paga a SECAL la factura completa.
- Se aplicará un descuento del 25 % en la factura del primer año (sólo).
- La duración mínima del acuerdo será de dos años.
- Se le da la oportunidad a la empresa de insertar su logo en la web (no obligatorio).
- No tiene ningún beneficio más como empresa, salvo los que tengan sus trabajadores por ser socíos/as de SECAL.
- Cuando acabe el contrato, cada trabajador puede seguir siendo socio/a pero lo abonará el mismo.
Para más información:
Centros colaboradores actuales: