Para poder renovar la capacitación reconocida del personal usuario de animales de experimentación de una o más funciones, según la Orden ministerial ECC/566/2015, de 20 de marzo, las personas cuya capacitación sea anterior a la fecha de entrada en vigor de dicha Orden, es necesario que lo soliciten antes de los ocho años justificando las actividades de formación continuada necesarias ante la autoridad competente .
Para el resto de personas, el mantenimiento de la capacitación debe solicitarse al menos cada ocho años, transcurridos desde la capacitación inicial o desde su renovación.
A continuación, podéis encontrar los enlaces disponibles a las solicitudes de cada órgano competente: