Cuotas – Reducciones

Reducciones de cuota

Las reducciones de cuota suponen una subvención del 50% de la cuota a los socios numerarios jubilados que lo soliciten.


La solicitud deberá ser enviada antes del 1 de junio excepto en el caso de los nuevos socios que lo podrán solicitar en el momento del alta. En caso de que la subvención sea concedida, la SECAL reintegrará al interesado el 50% de la cuota, que deberá haber sido abonada previamente. En el caso de solicitudes de socios extranjeros, para evitar comisiones bancarias para la sociedad, realizarán directamente el ingreso del 50% de la cuota tras enviar la documentación necesaria a Secretaría.


Las solicitudes de reducción deberán ir acompañadas de un certificado de jubilación y del recibo correspondiente del pago de la cuota de ese año (excepto socios extranjeros que no deben presentar este recibo).

La solicitud de reducción deberá ser enviada a administracion@secal.es :

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